Deberá pagar más de $4 millones a ex-empleadas del concejo deliberante
La Municipalidad de Paclín, liderada por Eduardo Menecier, fue condenada en primera instancia a pagar $4.159.041,97 en concepto de daños y perjuicios a dos ex empleadas transitorias del Concejo Deliberante (CD), Laura Varela y Analía Ríos.Un fallo de primera instancia del Juzgado Civil nº2 condenó a la Municipalidad de Paclín a realizar un pago millonario a dos ex empleadas que reclamaban por haberes impagos y daños y perjuicios.
El juez civil nº2, Osvaldo Alejandro Romero, hizo lugar parcialmente a la demanda iniciada por Laura Varela y Analía Ríos contra el municipio, dictaminando el pago de $4.159.041,97 a distribuirse en proporción entre las demandantes, más la tasa de interés activa que publica mensualmente el Banco de la Nación Argentina. La Municipalidad también deberá hacerse cargo de las costas del expediente.
Origen del Reclamo
Varela y Ríos prestaron servicios como empleadas de planta transitoria en el Concejo Deliberante de Paclín entre 2019 y 2021. Ambas fueron designadas en diciembre de 2019 por el entonces presidente del cuerpo, Hugo Savio (JPC), con Categoría 15 (Varela) y Categoría 10 (Ríos).
Sin embargo, a mediados de agosto de 2020, las mujeres notaron que eran las únicas empleadas del CD que no percibían sus haberes, lo que las llevó a plantear una posible discriminación, ya que otros dos empleados hombres designados con los mismos instrumentos legales sí cobraban sus sueldos.
El Argumento Clave del Fallo
El municipio había argumentado que las designaciones eran irregulares porque el Concejo Deliberante se había extralimitado en sus facultades, un argumento que había sido validado previamente por la Corte de Justicia al rechazar un amparo de las trabajadoras.
No obstante, el juez Romero hizo una distinción fundamental en su fallo:
Irregularidad reconocida: El juez reconoció que el Concejo Deliberante "realizó los nombramientos de las actoras atribuyéndose facultades propias del Poder Ejecutivo".
Omisión del Ejecutivo: Sin embargo, precisó que el Ejecutivo municipal "no revocó los actos administrativos de dichos nombramientos, ni tampoco inició acción en sede judicial para obtener la declaración de nulidad de los actos referidos."
Al no revocar las designaciones, el municipio generó un vacío legal que, sumado a los testimonios que acreditaron la prestación efectiva de servicios por parte de Varela y Ríos, fundamentó la condena por daños y perjuicios.